Un año más y seguimos sin Plan Rector.
Sep 14th, 2006 by parquenarceano
El 27 de Diciembre del 2002 se publica la ley de declaración del Parque Natural de las Fuentes del Narcea, Degaña e Ibias, la regulación de los usos, los principios rectores de la gestión y las actuaciones a realizar se establecerán en el Plan rector de uso y gestión ( PRUG ), es decir, mientras no haya plan rector el parque es tan solo una declaración de intenciones vacia.
La propia ley de declaración establece que el PRUG y el PDS ( Plan de Desarrollo sostenible ) serán aprobado en el plazo de un año desde la publicación de la ley de declaración ( esto sería antes de Diciembre del 2003 ), sin embargo no fue hasta el año pasado en Agosto del 2005 que salieron estos documentos a información pública ( con dos años de retraso ), en las declaraciones que en esta época se hicieron al respecto desde el gobierno del Principado se prometía tener estos instrumentos de gestión listos en Junio de este año ….. pero un verano más ha pasado y aún no han aprobado el PRUG.
¿ Que clase de parque es éste ? No tenemos lo que debe de ser la guia en la que se fundamenten las actuaciones de conservación, pero si tenemos director conservador, junta y comisiones rectora, ¿ tenemos interés en conservar el medio ambiente o en pagar un sueldo más y dietas ? ¿ Cuál es el interés de las administraciones en el parque, las subvenciones que puedan venir de Bruselas y los “puestinos” nuevos que van a crear ?
Al menos dos parques han sido “derogados” por no desarrollar los instrumentos previstos en sus leyes de declaración :
- Parque Natural el Macizo de Peña Cabarga - Anulado por el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC)
- Parque Natural de Cornalvo - Anulado por el Tribunal Supremo
¿ A que se debe este nuevo retraso en los plazos previstos ? ¿ Tienen previsto publicar PRUG y PDS ? ….. con el tiempo lo sabremos


Para poder aprobar el Prug, plan rector de uso y gentión, tiene que estar constituida la junta rectora, que es quien propone parte del contenido e informa favorablemente o no del prug, y la comisión rectora, que se encarga de la redacción y también de su aprovación, asi como de hacer cuantas modificaciones estime oportunas antes de ser enviado al consejo de gobierno. Una vez más me demostrais que hablais sin saber de que va el tema, así que solo pido un poco de seriedad si quereis hacer las cosas bien.
Inisto :
La propia ley de declaración establece que el PRUG y el PDS ( Plan de Desarrollo sostenible ) serán aprobados en el plazo de un año desde la publicación de la ley de declaración
En ese año debería haber constituido los organos gestores, y todos aquellos trámites que se necesitasen para tener el PRUG listo, no estamos hablando de unos meses de retraso el PRUG se aprobó finalmente en Diciembre del 2006 !!! CUATRO AÑOS DESPUÉS
Gran ejemplo de gestión sin duda.
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EBUCHAVONUCHA